Registro electrónico para los extranjeros
El artículo 41 de la Ley de la República de Belarús del 4 de enero de 2010 “Sobre la condición jurídica de los ciudadanos extranjeros y los apátridas en la República de Belarús” establece la obligación de los ciudadanos extranjeros y los apátridas (en lo sucesivo denominados extranjeros) que se encuentren temporalmente en la República de Belarús de inscribirse en un órgano de registro en el lugar de su residencia temporal actual en un plazo de diez días, a menos que la presente Ley, otros actos legislativos y tratados internacionales de la República de Belarús dispongan otros procedimientos.
El registro electrónico de los extranjeros se realiza gratuitamente a través del portal unificado de servicios electrónicos (portal.gov.by).
Este procedimiento administrativo está disponible para los extranjeros que entraron en la República de Belarús por los puntos de cruce de la frontera estatal de la República de Belarús. Los extranjeros que lleguen a la República de Belarús a través de la frontera estatal con la Federación de Rusia deben solicitar personalmente el registro en la división de ciudadanía y migración del órgano de asuntos internos de su lugar de residencia en Belarús.
La República de Belarús ha firmado los acuerdos con Ucrania, Letonia, Lituania, Estonia, Kazajistán, los Emiratos Árabes Unidos y Rusia, que garantizan una modalidad especial a los ciudadanos de esos países que pueden permanecer en Belarús hasta 30 o 90 días sin registrarse, respectivamente. Si un extranjero tiene la intención de superar este período, es necesario obtener un permiso de residencia temporal o permanente, según el propósito de la entrada. El período de registro de un extranjero se rige por los tratados internacionales concertados con diversos países.
Para registrarse se necesita una computadora, un teléfono móvil o una tableta con acceso a Internet. Utilizando cualquier navegador, vaya al sitio web del portal unificado de servicios electrónicos portal.gov.by, elija el idioma de trabajo, cree una cuenta personal utilizando la dirección de correo electrónico. Luego en su cuenta en la pestaña Servicios disponibles seleccione la categoría Ciudadanía y migración, solicite el servicio, rellene la solicitud (código de registro de extranjeros 200.12.14.1.).
La solicitud debe contener el apellido y el nombre del extranjero en latín o cirílico como se indica en el pasaporte (una opción es suficiente), los datos del pasaporte, los del seguro, la fecha de entrada en el país, la dirección de la residencia temporal. También hay una columna para la información sobre la visa, pero si por ejemplo un extranjero llega a Belarús bajo el modelo de exención de visa, no hace falta llenarla. También es necesario prestar atención a que se llenen correctamente todos los campos obligatorios.
Luego, hay que comprobar todos los datos introducidos y hacer clic en el botón Enviar solicitud. En unos segundos debe llegar un mensaje sobre el registro exitoso o el sistema recomendará ponerse en contacto con la división de ciudadanía y migración si la información no coincide.
En caso de acudir personalmente los extranjeros a una división de ciudadanía y migración de los órganos de asuntos interiores, el registro se realiza en el orden previamente establecido.
Habrá que dirigirse personalmente a la división de ciudadanía y migración del lugar de residencia en dos casos: si el extranjero desea renovar el registro con la misma dirección, que indicó en la solicitud electrónica, o si llega a Belarús por la frontera con Rusia.
No es obligatorio que el extranjero lleve consigo la prueba de la inscripción electrónica. Basta con informar de ello, por ejemplo, a un funcionario de la guardia de fronteras al salir del país. Si se dispone de los medios técnicos necesarios, se puede guardar la captura de pantalla de la respuesta sobre el registro satisfactorio o imprimir el formulario de registro, lo que acelerará el proceso de verificación.
Si tiene alguna duda sobre la aplicación del procedimiento administrativo especificado, póngase en contacto con nuestro servicio de apoyo técnico del Centro Nacional de Servicios Electrónicos por el teléfono 311-30-00, ext. 713 y con el Departamento de Ciudadanía y Migración del Ministerio del Interior por el teléfono 218-55-08, 218-52- 51.